¿Cuáles son los nuevos procedimientos para licencias de actividad?
Actualmente, según la nueva Ordenanza para la Apertura de Actividades Económicas, sólo existen dos procedimientos de tramitación: Declaración Responsable (como ocurría hasta ahora) y Licencia (equivale al antiguo Ordinario). Se han ampliado el tipo de actividades que se pueden tramitar como Declaración Responsable, tal y como puede comprobar en la pestaña de "Procedimientos".
A su vez, para la tramitación de Declaración Responsable existen dos vías: directamente en el Ayuntamiento; o a través de una ECU, en sus dos modalidades, con Informe Previo (similar al Certificado de Conformidad anterior) donde se revisa toda la documentación presentada y se realizan requerimientos de subsanación de deficiencias, o sin Informe Previo, donde se podrá iniciar la obra y/o actividad a las 24 horas. En todos los casos, la DR conlleva una visita de comprobación de obras, sea cual sea la obra y/o actividad.