PROCEDIMIENTOS EN VIVIENDAS
1. COMUNICACIÓN PREVIA:
¿Qué es una Comunicación previa?
La Comunicación Previa faculta al interesado para el inicio o el ejercicio de actuaciones urbanísticas desde la mera presentación en los registros municipales del modelo de Comunicación Previa junto a la documentación completa.
¿Qué documentación necesita?
Con carácter general la documentación a aportar por una persona física es la siguiente:
- Impreso normalizado y características básicas de la actuación que se pretende.
- Plano de situación.
- Descripción suficiente de la actuación que se pretende mediante memoria suscrita por técnico competente en los supuestos previstos en la normativa sectorial de aplicación.
- Planos o croquis a escala, acotados, de planta y/o sección y/o alzado que reflejen el estado actual, y en su caso, el reformado tras la intervención.
- Presupuesto de las obras e instalaciones fijas a precios actuales de mercado.
- Impreso de autoliquidación de tributos.
¿Qué coste tiene?
Consúltenos y le redactaremos un presupuesto detallado en función de las características específicas de su actuación u obras. Para la elaboración de dicho presupuesto, se tendrá en cuenta el tipo de actuación, la superficie del local, el tipo de obras que se van a realizar, si tiene una o varias plantas, si el edificio tiene protección arquitectónica, etc…
Actividades sometidas a Comunicación Previa:
- Obras en los edificios no incluidas en el Procedimiento Ordinario , que puedan incluir la instalación de andamios, salvo que éstos apoyen sobre la calzada o cuando la ocupación sobre la acera no permita dejar libres para el paso 120 cm.
- Obras de acondicionamiento puntual en locales y viviendas, aún afectando a la distribución interior, no implique la apertura o ampliación de huecos en muros de carga, ni afecten a la estructura, ni a elementos de restauración obligatoria de edificios catalogados con niveles 2 y 3.
- Obras de conservación, exteriores, restauración, no incluidas en el Procedimiento Ordinario.
- Instalación de andamios, maquinaria, grúas y apeos, excepto si estas instalaciones ocupan la calzada o cuando ocupando la acera no permiten un paso libre.